
Según describe la sentencia, A.R. pegó una patada a uno de los trabajadores cuando acudió a la sede de la empresa a recoger la baja, pues había sido despedido, y fue increpado por A.R. que le advirtió que no podía estar allí, empezaron a discutir y cuando el trabajador salía por la puerta le propinó una patada por detrás. La otra agresión fue sufrida por otro empleado que al no querer firmar y entregar una notificación de la empresa a A.R., éste, «con la firme intención de arrebatarle el documento como fuera» le agarró fuertemente la muñeca y se la retorció, apunta la sentencia.
A parte de estas condenas por lesiones, los despidos de estos trabajadores fueron declarados improcedentes por el juez. Además, hay otras cinco denuncias laborales interpuestas y una dirigida personalmente contra A.R. por una acusación de acoso laboral, cuya sentencia es condenatoria y está recurrida por el acusado. Según dicha sentencia, en ella el juez no da crédito a que A.R. siga en su cargo porque «ha resultado condenado en dos ocasiones, por los juzgados de Instrucción 2 y 4 de Eivissa por agredir a dos trabajadores de la empresa (…) sin embargo no ha sido jamás sancionado por la empresa», relata la resolución judicial.
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