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lunes, 30 de marzo de 2015

SANITARIOS CONSIDERADOS AUTORIDAD PÚBLICA.

El Congreso de los Diputados aprueba que los sanitarios sean considerados autoridad pública

El Congreso de los Diputados aprueba que los sanitarios sean considerados autoridad pública

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves el Proyecto de Ley Orgánica por el que se modifica el Código Penal para introducir, entre otros aspectos, la calificación de personal sanitario y profesores como autoridad pública. De este modo, quien agreda a uno de estos profesionales mientras desempeña sus funciones se enfrentará a una condena de entre uno y cuatro años de prisión.
Para hacerlo posible, se ha añadido un párrafo al artículo 550 del Código Penal, fijando que “en todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas”.
En estos casos, el reformado Código Penal prevé que dichos actos de atentado serán “castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos”.
La reforma ha sido aprobada con 181 votos a favor, 138 en contra y 2 abstenciones. Además, ha coincidido con el visto bueno de los consejeros autonómicos de Sanidad reunidos este jueves en el Consejo Interterritorial. La medida entrará en vigor, previsiblemente, el próximo 1 de julio, después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El Consejo General de Enfermería asegura que toda iniciativa que se adopte para proteger de la lacra de las agresiones a los profesionales sanitarios siempre es bienvenida, pero su presidente, Máximo González Jurado, recuerda que “volvemos a topar con la misma limitación de todas las medidas que han ido adoptando las distintas comunidades autónomas al respecto, y es que se deja fuera de esta protección a todos los profesionales que ejercen su actividad en el ámbito privado, pues sólo sería de aplicación a las funcionarios públicos”.

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